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Los consejos de la semana

Contabilidad

Crádito por párdidas a compensar

Por aplicación del principio de prudencia, los cráditos impositivos en general, es decir, no sólo los correspondientes a bases imponibles negativas o “cráditos por párdidas a compensar” sólo deberán reconocerse como tales si existen razonables perspectivas de que en los ejercicios futuros existirán bases imponibles positivas con las que compensar las negativas de ejercicios anteriores.

Arrendamientos de locales

Una empresa dedicada al arrendamiento de locales obtuvo unas "Párdidas antes de impuestos en 2012" de 20.000 €. Se crea un "Crádito por párdidas a compensar" de 4.000 €. En el año 2013 las "Párdidas antes de impuestos" ascienden a 15.000 €.

Asimismo en el impuesto de Sociedades de 2012 se solicitó una devolución de 30.000 € por unas retenciones sobre arrendamientos y, tras las oportunas comprobaciones, la AEAT sólo devolvió 26.000 € (hab[0xed]a arrendatarios que no ingresaron sus retenciones).

1. Respecto de las párdidas de 2013. ¿Debe la empresa dotar otro crádito como el del año anterior?

2. ¿Quá debe hacer con el "Crádito por párdidas a compensar de 2012" si no se producen beneficios con que compensarlo?

3. Respecto de la devolución del Impuesto sobre Sociedades ¿Cómo debe contabilizar los 4.000 € que no le han devuelto?

Principio de prudencia

Las dos primeras cuestiones que plantean se hallan [0xed]ntimamente vinculadas debido a que, por aplicación del principio de prudencia, los cráditos impositivos en general, es decir, no sólo los correspondientes a bases imponibles negativas o “cráditos por párdidas a compensar” sólo deberán reconocerse como tales si existen razonables perspectivas de que en los ejercicios futuros existirán bases imponibles positivas con las que compensar las negativas de ejercicios anteriores.

Por tanto a la primera de sus cuestiones, por las párdidas de 2013 se deber[0xed]a dotar un crádito como el de 2012 siempre y cuando exista la referida razonable perspectiva de consecución de beneficios fiscales o bases imponibles positivas como para compensar las referidas párdidas de 2013. En caso contrario no se debe dotar el correspondiente crádito.

¿Quá debe hacer con el "Crádito por párdidas a compensar” si no se producen beneficios con que compensarlo?

En cuanto a la segunda pregunta, la cuestión es la misma con la diferencia de que, en este caso, el crádito ya ha sido dotado y, por tanto, si existen dudas razonables respecto a su futura recuperabilidad debido a que las perspectivas de beneficios son poco probables deber[0xed]a cancelarse dicho crádito con cargo a la cuenta 633 “Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios”.

En el ejercicio en el que, finalmente, se entienda que dichos importes será recuperables de acuerdo con los plazos previstos por la normativa tributaria, deber[0xed]a procederse a reconocer de nuevo estos cráditos, en este caso con abono a la cuenta 638 “Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios”.

Devolución del Impuesto sobre Sociedades

Finalmente, por lo que se refiere a la tercera de las cuestiones que plantean, entendemos que dicho importe de 4.000 euros debe hallarse reconocido en la cuenta 4709 “Hacienda pÚblica, deudora por devolución de impuestos”. En cualquier caso, deberá hallarse como saldo de alguna cuenta del subgrupo 47.

Pues bien, dicho importe puede anularse directamente contra la cuenta 6301 que, en definitiva fue contra la que se generó el derecho de cobro que, finalmente, no se ha producido. Ahora bien, debido a que se trata de un ajuste correspondiente a un ejercicio anterior y que, además, afecta a la cuenta de párdidas y ganancias, entendemos que lo más correcto ser[0xed]a tratarlo mediante un ajuste contra reservas de libre disposición. Es decir, anular[0xed]amos el saldo deudor de la 4709 (o la cuenta del subgrupo 47 de que se trate) directamente con cargo a reservas y ello de acuerdo con lo previsto al respecto por la NRV 22ª de la Segunda parte del PGC.

Fiscal

Venta del local comercial ¿mejor en 2014 o en 2015?

A partir del 1 de enero de 2015, no se corregirá ni actualizará de ningÚn modo el valor de adquisición en la venta de inmuebles, y se tributará por el 100% de la ganancia con independencia de la fecha de adquisición del inmueble.

Un empresario persona f[0xed]sica tiene un local afecto a la actividad económica que adquirió en el año 2005 por 125.000€, siendo la amortización acumulada de 20.000€. Ahora se plantea vender el local por un precio de mercado de 275.000€. La duda que nos surge es si es conveniente esperar a 2015 para venderlo ya que tenemos constancia de que está pendiente de aprobarse una reforma fiscal del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades con importantes cambios en relación al cálculo y tributación de las ganancias patrimoniales.

Cambios normativos

Efectivamente, la reforma fiscal del gobierno, que entrará en vigor en 2015, traerá muchas novedades y cambios que afectarán fundamentalmente al IRPF y al Impuesto sobre Sociedades, que conviene analizar antes de tomar ninguna decisión de cara al próximo año 2015.

De acuerdo con el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 35/2006 del IRPF, un cambio importante que afectará sobre todo a las transmisiones de inmuebles (aunque tambián aplicable a acciones y otro tipo de elementos patrimoniales) que se realicen a partir del 1 de enero de 2015, es la eliminación por un lado de la aplicación de los coeficientes de actualización (que corrigen la depreciación monetaria actualizando el valor de adquisición) en la transmisión de inmuebles, y por otro lado, se elimina tambián la aplicación de los coeficientes de abatimiento o reductores a los activos adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994 (para los inmuebles no afectos a actividades económicas).

Por tanto, desde el 1 de enero de 2015, no se corregirá ni actualizará de ningÚn modo el valor de adquisición en la venta de inmuebles, y se tributará por el 100% de la ganancia con independencia de la fecha de adquisición del inmueble.

En el caso de de transmisión de bienes inmuebles afectos a actividades económicas, al precio de adquisición se le aplican los coeficientes de corrección previstos en el Impuesto sobre Sociedades, que var[0xed]a en función del año de adquisición y sirve para corregir el efecto de la inflación. No obstante, estos coeficientes, a partir del 01-01-2015, tambián han sido eliminados y no se aplicarán. Por lo tanto, en caso de ganancia patrimonial, la base sobre la que se aplicarán los tipos de la tarifa del ahorro será mayor. Sin olvidarnos, conforme a la normativa vigente, que a estos elementos afectos a actividades económicas no se les pueden aplicar los coeficientes reductores por antigüedad para elementos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994.

Hasta 31 de diciembre de 2014

Si tiene previsto vender el local que hasta ahora utilizaba en su actividad, en el cálculo de las ganancias o párdidas patrimoniales podrá aplicar los coeficientes correctores de la inflación que le permiten reducir la ganancia que tributa, como ya hemos comentado.

Los importes computados en los valores de transmisión y adquisición corresponden, en muchos casos, a años distintos, por lo que la depreciación sufrida por el valor de la moneda, desde que se adquirió el elemento hasta el año de su transmisión, afecta al cálculo de la variación patrimonial, por ello se establecen normas de corrección, que en el caso de inmuebles afectos a actividades económicas, como es el caso planteado, habrá que tener en cuenta el art[0xed]culo 66 de la Ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado (en adelante, LPGE) que establece los coeficientes que recogen la depreciación monetaria habida desde 1984, aplicables, de acuerdo con el art[0xed]culo 15.9.a) del TRLIS, a la transmisión de elementos patrimoniales del activo fijo o de estos elementos que hayan sido clasificados como activos no corrientes mantenidos para la venta, que tengan la naturaleza de inmuebles, manteniándose los mismos que en 2013.

Tratándose de elementos patrimoniales actualizados de acuerdo con lo previsto en el art[0xed]culo 5 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, o en el art[0xed]culo 9 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, los coeficientes se aplicarán sobre el precio de adquisición y sobre las amortizaciones contabilizadas correspondientes al mismo, sin tomar en consideración el importe del incremento neto de valor resultante de las operaciones de actualización.

Año de adquisición - Coeficiente
Con anterioridad a 1 de enero de 1984 - 2,3130
En el ejercicio 1984 - 2,1003
En el ejercicio 1985 - 1,9397
En el ejercicio 1986 - 1,8261
En el ejercicio 1987 - 1,7396
En el ejercicio 1988 - 1,6619
En el ejercicio 1989 - 1,5894
En el ejercicio 1990 - 1,5272
En el ejercicio 1991 - 1,4750
En el ejercicio 1992 - 1,4423
En el ejercicio 1993 - 1,4235
En el ejercicio 1994 - 1,3978
En el ejercicio 1995 - 1,3418
En el ejercicio 1996 - 1,2780
En el ejercicio 1997 - 1,2495
En el ejercicio 1998 - 1,2333
En el ejercicio 1999 - 1,2247
En el ejercicio 2000 - 1,2186
En el ejercicio 2001 - 1,1934
En el ejercicio 2002 - 1,1790
En el ejercicio 2003 - 1,1591
En el ejercicio 2004 - 1,1480
En el ejercicio 2005 - 1,1328
En el ejercicio 2006 - 1,1105
En el ejercicio 2007 - 1,0867
En el ejercicio 2008 - 1,0530
En el ejercicio 2009 - 1,0303
En el ejercicio 2010 - 1,0181
En el ejercicio 2011 - 1,0181
En el ejercicio 2012 - 1,0080
En el ejercicio 2013 - 1,0000
En el ejercicio 2014 - 1,0000

Los coeficientes se aplicarán de la siguiente manera:

a) Sobre el precio de adquisición o coste de producción, atendiendo al año de adquisición o producción del elemento patrimonial. El coeficiente aplicable a las mejoras será el correspondiente al año en que se hubiesen realizado.

b) Sobre las amortizaciones contabilizadas, atendiendo al año en que se realizaron.

Se obtendrá la diferencia entre el valor contable actualizado y el valor contable del bien transmitido.

Sobre la anterior diferencia se aplicará el coeficiente resultante de dividir las siguientes magnitudes:

- En el numerador, el patrimonio neto.

- En el denominador, el patrimonio neto más el pasivo total menos la suma de los derechos de crádito y tesorer[0xed]a.

Ambas magnitudes se refieren al promedio de las mismas durante el tiempo de tenencia del bien. No obstante, si este periodo fuera superior a 5 años, el sujeto pasivo podrá optar por los 5 ejercicios anteriores a la fecha de la transmisión. Además, el art[0xed]culo 15.9 TRLIS establece un l[0xed]mite: no se aplicará coeficiente alguno si el coeficiente calculado es superior a 0,4.

El resultado de aplicar el coeficiente anterior sobre la diferencia entre el valor contable actualizado y el valor contable nos dará la parte de plusval[0xed]a monetaria, constituyendo la parte de renta no sometida a gravamen.

Cambios en 2015 con la reforma fiscal

Como ya hemos comentado, está previsto que dichos coeficientes correctores desaparezcan a partir de 2015.  As[0xed] pues, transmitir el local antes de que acabe el año –en lugar de hacerlo en 2015 o 2016– le permitirá aplicar dichos coeficientes y disminuir la tributación derivada de la ganancia obtenida.

Además, deberá tener en cuenta que la reforma fiscal tambián introduce importantes cambios que pueden afectar a la operación de venta si se hace en el 2015:

- La parte de la base liquidable del ahorro (donde se incluyen las ganancias patrimoniales por la venta del local) que exceda del importe del m[0xed]nimo personal y familiar se gravará conforme a la siguiente escala (estatal y autonómica):

- Hasta 6.000 - 20% (2015) - 19% (2016)
- De 6.000,01 a 50.000 - 22% (2015) - 21% (2016)
- 50.000,01 en adelante - 24% (2015) - 23% (2016)

La Ley 35/2006 del IRPF actualmente establece que si en el momento de la transmisión ya ha pasado más de un año desde la adquisición, la ganancia o párdida obtenidas tributan en la base del ahorro del IRPF, a unos tipos de entre el 21% y el 27%.

Sin embargo, como hemos visto, a partir de 2015 todas las ganancias y párdidas tributan en la base del ahorro (sea cual sea el per[0xed]odo de tenencia de los activos transmitidos), y los tipos aplicables a dicha base pasen a ser de entre el 20% y el 24%.

En cambio, si todav[0xed]a no ha pasado un año desde la adquisición, la ganancia o párdida se integran en la base general del IRPF, tributando a un tipo que puede alcanzar el 52% (o el 56% en algunas Comunidades Autónomas).

- A partir del 2015 se incorporan en la base imponible del ahorro las ganancias y párdidas patrimoniales cualquiera que sea el plazo de permanencia en el patrimonio del contribuyente, al tiempo que se podrán compensar en la base del ahorro rendimientos con ganancias y párdidas patrimoniales, de forma progresiva y con determinadas limitaciones.

- El l[0xed]mite de compensación del saldo negativo que resulte de compensar entre s[0xed] las ganancias y párdidas de la parte general de la base imponible (las que no deriven de transmisiones) con el saldo positivo de los rendimientos y las imputaciones de renta se incrementa del 10% al 25%.

- En la base imponible del ahorro se elimina la tradicional estanqueidad de los saldos negativos de rendimientos del capital mobiliario y los saldos negativos de ganancias y párdidas patrimoniales que imped[0xed]a la compensación de saldos netos de distinto signo en ambas categor[0xed]as de renta. A partir de 2015 los saldos negativos que puedan existir en cada grupo de rentas –saldos negativos de rendimientos del capital mobiliario o saldos negativos de ganancias y párdidas patrimoniales procedentes de transmisiones- podrán compensarse rec[0xed]procamente, si bien con los siguientes l[0xed]mites del sumatorio de dichos saldos: 10% en 2015, 15% en 2016, 20% en 2017 y 25% en 2018 y siguientes.

- Asimismo, se modifican las normas de derecho transitorio que regulan la integración de párdidas patrimoniales pendientes de aplicación. 

¿Vender antes del 31-12-2014?

De acuerdo con todo lo expuesto, hay que hacer nÚmeros, pero todo parece indicar que saldrá beneficiado si vende en 2015, sobre todo por la bajada de los tipos a los que tributará la base liquidable del ahorro (más bajos que con la norma en vigor) vendiendo antes de que entre en vigor la reforma de la LIRPF. Además, si no hace mucho que adquirió el inmueble, los coeficientes correctores serán bajos, y el ajuste por corrección monetaria aplicable no será significativo. Además, no olvide que si la empresa ha estado muy endeudada en los Últimos años (de forma que su coeficiente de endeudamiento, tambián denominado “coeficiente K”, está por debajo del 0,4), deberá multiplicar el ajuste por corrección monetaria por dicho coeficiente K, lo que tambián hará disminuir su cuant[0xed]a.

Antes de tomar decisiones, calcule cuál será su tributación efectiva en función del año de venta, teniendo en cuenta que en el 2014 se pueden aplicar los coeficientes de corrección monetaria (que en 2015 desaparecen) y que el tipo de gravamen es más alto en el 2014 que en el 2015 (los tipos aplicables a la base del ahorro pasan a ser de entre el 20% y el 24%, frente a los actuales del 21% y el 27%).

Lo más destacado en Prensa

Fiscal

La primera visita del presidente español Mariano Rajoy a Andorra busca más allá de firmar un acuerdo para evitar la doble imposición. Fuentes del ministerio de Hacienda aseguran que el convenio no solo recogerá un acuerdo para evitar la doble imposición que interesa sobre todo a Andorra porque permitirá a los empresarios de este pa[0xed]s hacer negocios en España pagando menos impuestos, sino que tambián quieren incluir el intercambio automático de información fiscal.

El nuevo convenio se limitará a las rentas a partir de 2010 y entrará en vigor progresivamente desde 2016 para llegar a una aplicación definitiva en 2018, cuando estar[0xed]a listo el sistema de intercambio automático de información fiscal, tal como ha fijado la Unión Europea. No obstante, desde Andorra este segundo punto se ve con mayor cautela. As[0xed], el ministro responsable de Finanzas, Jordi Cinca, aseguró que el convenio que se va a firmar hoy se limita a incorporar el compromiso de Andorra de seguir la evolución que marque la OCDE siga en materia de intercambio de información.

Todos los pa[0xed]ses de la OCDE se incorporan a ese intercambio de información automático en 2018 y Andorra tambián lo hará.

Los beneficiarios de las tres nuevas deducciones que el IRPF incorpora en la reforma fiscal para el apoyo a la familia podrán solicitarlas por Internet a partir de hoy para su abono anticipado. Estas deducciones se incluirán despuás en la declaración anual de IRPF del 2015, que se presenta en 2016, donde se regularizarán las cantidades que se hubieran percibido como abono anticipado. La Agencia Tributaria ya ha enviado cartas a los beneficiarios potenciales, con los requisitos y procedimientos para la percepción mensual de estos impuestos negativos.

La solicitud se realizará de forma colectiva o individual mediante la presentación del nuevo modelo 143, por cada una de las deducciones, acumulables entre s[0xed], a las que los beneficiarios tengan derecho: 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad o 200 euros en el caso de familias numerosas de categor[0xed]a especial. SegÚn datos de Hacienda, las deducciones podrán alcanzar los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categor[0xed]a especial.

La relación entre las dos principales asociaciones de funcionarios de la Agencia Tributaria nunca ha sido del todo buena y va camino de empeorar. La Organización de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) emitió este viernes un comunicado en el que tacha de “barbaridad” las propuestas del Sindicato de Tácnicos de Hacienda (Gestha), que representan a los subinspectores.

Gestha, que ha creado un grupo de trabajo con Podemos, apuesta por elevar en 26.718 el nÚmero de funcionarios de la Agencia Tributaria, que segÚn la Última memoria cuenta hoy con 26.231 empleados. As[0xed], su propuesta implicar[0xed]a duplicar el tamaño del fisco. Además, el sindicato de subinspectores históricamente ha defendido que se permita a su colectivo realizar tareas que hoy están circunscritas a los inspectores de Hacienda. Este es el punto que genera mayor fricción entre ambas asociaciones. “Con la propuesta del sindicato de funcionarios de la Agencia Tributaria habr[0xed]a alrededor de 30.000 inspectores y 7.000 tácnicos, por lo que en tárminos militares, tendr[0xed]amos un ejárcito en el que la mayor parte de sus efectivos son generales, sin apenas soldados”, señala la Organización de Inspectores.

Y defiende que detrás de las propuestas de Gestha –que no citan directamente en su comunicado– está “la obsesión que tiene este sindicato por conseguir mejoras económicas en su colectivo intentando que todos los tácnicos se conviertan en inspectores de Hacienda sin superar la correspondiente oposición”. Tambián denuncian que los tácnicos de Hacienda se hacen “pasar en los medios de comunicación por inspectores, propiciando continuamente confusiones y malentendidos entre la opinión pÚblica”.

El Bolet[0xed]n Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miárcoles la orden por la que se aprueba el modelo 143 para solicitar el abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del IRPF y se regulan el lugar, el plazo y las formas de presentación.

Estas nuevas deducciones, conocidas como 'impuestos negativos', darán derecho a 1.200 euros anuales que se podrán recibir en 100 euros mensuales. Son acumulables entre s[0xed] y al actual de igual cuant[0xed]a que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. SegÚn los cálculos de Hacienda, unas 750.000 familias se podrán beneficiar de estas deducciones.

Se podrán solicitar desde el 7 de enero por Internet o por teláfono, presentando el modelo 143 de la Agencia Tributaria. Serán aplicables por trabajadores por cuenta propia o ajena integrados en una familia numerosa o con un descendiente o ascendiente con discapacidad por el que tenga derecho al m[0xed]nimo correspondiente (33% o más).

Habrá dos modalidades de solicitud de la deducción de forma anticipada: colectiva e individual. La colectiva se presentará por todos los contribuyentes que pudieran tener derecho a la deducción respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa. La individual se presentará por el contribuyente que cumpla los requisitos exigidos en la deducción. Cada mes de enero se podrá modificar la modalidad de la solicitud.

El 91% de los contribuyentes cree que el fraude fiscal ha aumentado en España. As[0xed] lo refleja el Último barómetro publicado por el Instituto de Estudios Fiscales correspondiente a 2013 y que elabora desde 1995. Nunca antes la percepción del incremento de la evasión tributaria hab[0xed]a alcanzado tal unanimidad. En 2006, por ejemplo, la mayor[0xed]a de españoles opinaban que el fraude fiscal se hab[0xed]a reducido. Los escándalos de corrupción explican la tendencia de los Últimos años.

Cuando se pregunta acerca de quá colectivos son más propensos al fraude fiscal, el 46% cita a los empresarios. Un 13% a los profesionales liberales y un 10% a los trabajadores autónomos. Asalariados y agricultores son los que, en opinión de los encuestados, más fielmente pagan sus tributos.

Laboral

La tasa de desempleo en la zona euro se mantiene de forma estable en el 11,5% durante el mes de noviembre, Esto supone una mejora de cuatro dácimas menos del porcentaje registrado un año antes, segÚn los datos ofrecidos por Eurostat. Por su parte, España tiene una tasa del 23,9%, que tras Grecia con un 25,7%, es el segundo pa[0xed]s con peores datos.

La tasa de paro de España ha descendido una dácima en noviembre de 2014, desde el 24% hasta el 23,9%. En comparación con noviembre de 2013, registró un descenso de 1,9 puntos porcentuales, ya que un año antes la tasa de desempleo era del 25,8%. SegÚn los datos de Eurostat, en España hay 5,46 millones, frente a los 5,49 millones de desempleados.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, destacó que la ca[0xed]da del paro durante el año 2014 es "un est[0xed]mulo para seguir trabajando" de manera que "la recuperación llegue a todos". Este es el mensaje que Rajoy lanzó v[0xed]a Twitter despuás de que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social facilitase los datos del desempleo correspondientes a 2014.

2014 cierra con 4.447.711 parados registrados, 253.627 menos que en 2013, una cifra que supone el mayor descenso anual desde el año 1998. "Los datos que hoy conocemos de empleo y Seguridad Social son un est[0xed]mulo para seguir trabajando por que la recuperación llegue a todos", señala Rajoy en el texto. El paro baja en 64.405 personas (-1,4%), en diciembre, el segundo mayor descenso en ese mes desde 1996, cuando arranca la serie histórica.

Se trata del segundo año desde el inicio de la crisis, allá por 2007, en que desciende el nÚmero de parados, pero este es el primero en que se crea empleo realmente, al aumentar la afiliación a la Seguridad Social. En total, el año 2014 cierra con 4.447.711 parados, 253.627 menos que el año pasado.

El 44% de las empresas cerró 2014 con un aumento en los salarios y prevá que el incremento sea mayor este año, con una alza media estimada del 2,2%, segÚn un informe elaborado por la consultora Deloitte.

El estudio “Tendencias e Incrementos Salariales 2014/2015” señala que el 61% de las empresas encuestadas planea mantener su plantilla para 2015, frente a un 11% que prevá reducirla, al tiempo que indica que la mayor[0xed]a de los empresarios ve “fundamental” rediseñar sus programas de compensación para adaptarse a las necesidades del mercado y de sus empleados.

As[0xed], tres de cada diez empresas considera importante mantener un nivel de competitividad salarial adecuado, mientras que un 4% se inclina por proporcionar incrementos salariales significativos con regularidad.

El 44% de las empresas consultadas prevá haber cerrado 2014 con un aumento de los sueldos y el 15% pronostica una disminución de las remuneraciones.

A nivel general, los incrementos salariales se habr[0xed]an mantenido “moderados” el pasado año, con un alza media de 1,68%, frente al 2,2% que preván los empresarios encuestados para este año.

El mayor nivel de contención salarial se habr[0xed]a registrado en el colectivo de los administrativos, mientras que los mayores aumentos se habr[0xed]an recogido en los departamentos comerciales y de operaciones.

"En materia de empleo, 2015 será mucho mejor que 2014”, aseguró con convicción el viernes pasado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. A pesar de esta mejora de las previsiones, el Ejecutivo ha diseñado unas cifras moderadas para 2015 en las cuant[0xed]as de todas las prestaciones y variables que tienen que ver con el mercado laboral (bases de cotización, bonificaciones, pensiones, entre otras).

De hecho, estas magnitudes están marcadas fundamentalmente por un t[0xed]mido incremento del salario m[0xed]nimo y de las pensiones y un mantenimiento de las ayudas a la contratación.

Salario m[0xed]nimo e IPREM
El Gobierno ha decidido descongelar en 2015 el salario m[0xed]nimo interprofesional (SMI), que no varió en 2014 respecto a 2013. As[0xed], para el próximo año esta renta m[0xed]nima –que cobran directamente apenas 200.000 personas, pero que sirve como referencia en numerosos convenios colectivos de millones de asalariados, afectando a la escala más baja de las tablas salariales– aumentará un 0,5%. Se incrementará por tanto 3,3 euros mensuales hasta los 648,6 euros al mes.

Sin embargo, el indicador pÚblico de renta de efectos mÚltiples (IPREM) para 2015 volverá a estar congelado por quinto año consecutivo, manteniándose en 532,51 euros mensuales. Este indicador es el que se utiliza para determinar el acceso a las ayudas a la vivienda, becas, subsidios por desempleo o asistencia jur[0xed]dica gratuita, entre otras.

Los empleados pÚblicos seguirán con sus sueldos congelados por quinto año consecutivo, tras el recorte del 8% de media que se les aplicó a mediados de 2010. Si bien, en la nómina de enero cobrarán el 25% de la paga extra de Navidad que no recibieron en 2012.

Bases de cotización
Las bases máximas de cotización (aquellas que corresponden a los salarios más altos) llevaban dos años (2013 y 2014) subiendo un 5% anual. Sin embargo, para 2015 el Ejecutivo ha considerado que ya no era necesario seguir con este fuerte ritmo de aumento y aplicará una subida mucho más moderada de estas bases, que aumentarán un 0,25%. Con ello, la base máxima de cotización del Rágimen General de la Seguridad Social pasa de los actuales 3.596,98 euros mensuales a 3.606 euros al mes, desde el 1 de enero próximo.

Por su parte, las bases m[0xed]nimas de este mismo rágimen general, subirán como es habitual, lo mismo que el salario m[0xed]nimo (0,5%), quedando fijado el nivel m[0xed]nimo de cotización en 648,6 euros al mes.

En cuanto a los autónomos, su base m[0xed]nima de cotización subirá un 1% a partir del 1 de enero de 2015, situándose en 884,40 euros mensuales. Más del 80% de los tres millones de autónomos cotizan por esta base en la actualidad.

El conjunto de actuaciones desplegadas en el marco del Plan de Lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social ha tenido un impacto de 9.271 millones de euros desde su aprobación, en abril de 2012, hasta mayo de 2014.

As[0xed] consta en el informe de evaluación del Plan presentado por el Ministerio de Empleo en el Congreso de los Diputados, en el que señala que "se han desarrollado progresivamente las medidas y acciones previstas, cumpliándose con los objetivos establecidos".

Entre estos resultados, el Plan ha permitido tambián aflorar 203.206 empleos irregulares hasta mayo, mientras que en el ámbito de las empresas ficticias --aquellas constituidas para dar acceso fraudulento a prestaciones mediante el pago de cantidades a su costa--, se han anulado 88.453 altas ficticias en el mismo periodo.

El Plan conten[0xed]a una estrategia integral basada en cuatro ejes: la prevención a travás de un marco normativo orientado a la creación de empleo indefinido y de calidad; la reordenación y refuerzo de los medios de control disponibles; la cooperación entre Administraciones PÚblicas y la sensibilización de la sociedad.

Mercantil, civil y administrativo

La Comisión Europea negó que la eurozona está en deflación, aunque admitió que el bajo nivel de precios continuará a "corto plazo" y la inflación sólo remontará cuando la recuperación se consolide y los salarios empiecen a aumentar. "Una inflación temporalmente negativa es algo obviamente distinto de la deflación, que requiere una ca[0xed]da general del nivel de precios que se autoperpetÚa", explicó la portavoz de Asuntos Económicos, Annika Breidhardt al ser preguntada por la tasa de inflación del -0,2% registrada en diciembre en la eurozona.

"La Comisión cree que el dábil crecimiento y los bajos precios de las materias primas continuarán enfriando la inflación a corto plazo, pero a medida que la actividad económica se fortalezca gradualmente y los salarios crezcan, la inflación volverá a aumentar", señaló Breidhardt.

España y el Ministerio de Econom[0xed]a manejan datos que la econom[0xed]a nacional podr[0xed]a estar creciendo al 2,5%. Sin duda, áste ser[0xed]a un gran dato para el Gobierno y para estimular a los inversores en este inicio de año, clave en el devenir del pa[0xed]s. Los indicadores adelantados que manejaba el Ejecutivo a finales de diciembre, hablan de que la actividad estar[0xed]a creciendo ya a una tasa anual del 2,5%, mayor incluso del avance que prevá el Ejecutivo para el Producto Interior Bruto (PIB) durante el presente ejercicio (2%).

Todos los marcadores llevan ya varios meses en positivo salvo la inflación, cuyo descenso (-1,1% de tasa anual en diciembre) no ha venido precisamente mal para consolidar la recuperación. Es más, salvo la formación bruta de capital fijo (FBCF), que tras un final de 2013 fulgurante fue ralentizando su ritmo el año pasado (aÚn as[0xed] termino con un avance estimado cercano al 2%), la tendencia generalizada es claramente al alza.

El Gobierno alemán se plantea una salida de Grecia del euro, que en el caso de un triunfo electoral de Alexis Tsipras, l[0xed]der del partido de extrema izquierda Syriza, y un abandono del curso reformista considera incluso como “inevitable”, segÚn informaciones de la revista 'Der Spiegel'.

La revista se apoya en “c[0xed]rculos del gobierno” que sostienen que tanto la canciller alemana, Angela Merkel, como el ministro de Finanzas, Wolfgang Schäuble, ven ahora viable una salida de Grecia del euro.

Eso implica un cambio de la posición alemana que se debe, segÚn “Der Spiegel”, a que los progresos que se han hecho en la eurozona desde el punto álgido de la crisis en 2012 hacen que el peligro de contagio haya disminuido considerablemente.

Además, añade que los planes de saneamiento de Portugal e Irlanda se considera que han tenido áxito y ahora se dispone del MEDE como un mecanismo efectivo de rescate.

La llegada de fondos internacionales y la puesta en marcha de grandes Socimis han multiplicado la inversión con respecto a años anteriores hasta los 9.000 millones de euros. Se han disparado tanto las cifras totales como el nÚmero de operaciones. Los grandes centros comerciales y los edificios de oficinas bien situados han sido los activos más deseados en 2014.

Tras más de un lustro de ca[0xed]da del negocio, el sector inmobiliario español auguraba que en el ejercicio 2014 llegar[0xed]a la recuperación. Sin embargo, la realidad más optimista ha superado todas las previsiones.

A la espera de las cifras del cierre del año, se trata ya del segundo mejor ejercicio de la Última dácada, sólo superado por 2007, en pleno boom de la econom[0xed]a española. "El mercado este año ha sido proporcionalmente más activo que en 2007. Se ha comprado un mayor nÚmero de activos, y los volÚmenes, si lo comparamos con los precios de 2007, son mucho mayores", explican desde el área de Research de JLL España.

En lo que va de año, se han invertido en inmuebles de uso terciario (es decir, no residencial) más de 6.180 millones de euros, segÚn Deloitte Real Estate.

El ministro de Econom[0xed]a ha asegurado hoy que los españoles que tienen empleo ya no tienen miedo a perderlo. Ha reiterado que la previsión de crecimiento del PIB del 2% puede ser superada por la realidad. Luis de Guindos, ha afirmado hoy que la recuperación es una realidad, si bien ha subrayado que eso no quiere decir que se haya dejado atrás la crisis. En una entrevista en la Cadena Ser, De Guindos ha destacado las tasas de crecimiento "relativamente elevadas" de la econom[0xed]a española, as[0xed] como la creación de empleo "notable", despuás de siete años "dur[0xed]simos" en la crisis "más profunda" desde la guerra civil.

El ministro ha mostrado su preocupación por los dos tercios de parados de larga duración y por el elevado paro juvenil, aunque ha incidido en que los 17 millones que han mantenido su empleo han cambiado su percepción en cuanto al miedo a perderlo. Ha insistido en que la previsión del Gobierno de un crecimiento del 2% en 2015 tiene más riesgos al alza que negativos.

Asimismo, ha reiterado que la salida a bolsa de Bankia fue un error y ha recalcado que ahora es una entidad saneada, con un equipo de gestión profesional, sin interferencias pol[0xed]ticas y transparente. Tambián ha asegurado que en el primer trimestre de 2015, posiblemente en marzo, saldrá a bolsa el 49% de capital privado que tendrá Aena.

Sector

El Tribunal Supremo ya ha tumbado 25 ERES desde que se aprobó la nueva reforma laboral por allá en 2012. Los despidos colectivos han generado un aluvión de sentencias durante el Último año. La sala de lo social del Tribunal Supremo (TS) dictó 79 fallos en recursos de casación relativos a estos procedimientos desde marzo de 2013, cuando aplicó por primera vez la reforma laboral de febrero de 2012.

No obstante, la resolución más importante del Alto Tribunal fue la del 19 de diciembre que hizo tambalearse a unos de los pilares estrella de la reforma laboral: la ultraactividad de los convenios. El Supremo dictó que seguirán vigentes las condiciones laborales pactadas en los convenios antiguos y caducados, mientras no sean sustituidas por uno nuevo pactado por la empresa y los trabajadores.

El Tribunal Supremo permite usar los SMS

(El Pa[0xed]s, 30-12-2014)

El Tribunal Supremo ha ratificado la actuación de los padres de la menor Nora Ayala, de 16 años, hallada muerta ante la puerta de su casa en Palma en septiembre 2011, que accedieron y aportaron a la polic[0xed]a los archivos con sus comunicaciones telemáticas, en especial el registro de SMS de su teláfono móvil. La investigación con esos mensajes permitió descubrir que Nora fue v[0xed]ctima junto a otras cuatro chicas de una trama de inducción a la prostitución y a la drogadicción. Los autores fueron condenados a 59 años de prisión por la Audiencia de Palma. Los magistrados piden que se regule "con la máxima urgencia" la intervención de las comunicaciones telemáticas, sobre las que afirma que existe "una laguna".

El Supremo da por buena la condena para los siete responsables de la muerte de Nora, integrantes de una mafia de barrio ligada al tráfico de drogas y la explotación sexual de menores y considera a los acusados autores de los delitos por inducción a la prostitución, corrupción de menores y contra la salud pÚblica.

Los magistrados asumen el uso leg[0xed]timo y proporcionado de las copias de los mensajes recibidos y transmitidos por la menor, que no fueron borrados por los padres y "que equivalen a la correspondencia que puede ser conservada por la menor entre sus papeles privados".

En un marco económico ya de por s[0xed] delicado, la reforma laboral ha disparado la litigiosidad entre empresas y empleados. Ambas partes buscan en la letra pequeña de la norma un resquicio que haga prosperar su causa. Aunque son los jueces los que sentencia a sentencia van definiendo los claroscuros de la ley, cada vez se enfrentan a situaciones más peculiares, en los que la picaresca es la gran protagonista.

Aunque la anulación de algunos expedientes de regulación de empleo, como el de Coca-Cola, Unipost o Radio Televisión Valenciana, son los que ocupan las portadas, en los juzgados la casu[0xed]stica va mucho más allá de la anulación de un ERE por defecto de forma.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de declarar que existe fraude en la iniciativa de una compañ[0xed]a que, amparada por la nueva normativa laboral, puso en marcha un ERE y utilizó las indemnizaciones de los trabajadores para volver a crear la misma empresa.

La infanta Cristina será juzgada por la Audiencia de Palma como presunta cooperadora en dos delitos fiscales cometidos por su marido, Iñaki Urdangarin, despuás de que el juez instructor del caso Nóos, Josá Castro, la haya incluido como acusada en el auto de apertura de juicio oral. El titular del Juzgado de Instrucción nÚmero 3 de Palma, Josá Castro, ha acordado sentar en el banquillo de los acusados a la Infanta Cristina como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales, al considerar que su papel fue imprescindible para que su marido, Iñaki Urdangarin, defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a travás de Aizoon, empresa presuntamente 'pantalla' de la que ambos son propietarios.

As[0xed] lo ha decidido en el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, que ha dictado este lunes y en el que finalmente ha resuelto no aplicar sobre la Duquesa de Palma la denominada doctrina Bot[0xed]n, que impide juzgar a alguien si Únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, en este caso Manos Limpias, que solicita ocho años de cárcel para la hermana del Rey Felipe VI. Por su parte, ni la Fiscal[0xed]a Anticorrupción ni el perjudicado por los delitos presuntamente cometidos, la Agencia Tributaria, apuntan a la existencia de indicios criminales sobre Cristina de Borbón.

En su resolución judicial, Castro apunta que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a travás de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008. Para justificar su petición de ocho años de cárcel -cuatro por cada uno de los dos delitos fiscales-, Manos Limpias considera que la Duquesa incurrió en una agravante, y fue la de haber interpuesto una sociedad para ocultar la verdadera identidad de los obligados tributarios.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha respondido recientemente a una serie de consultas relacionadas con el ejercicio de la abogac[0xed]a. En ellas se aclaran cuestiones como quá tipo de servicios deben incluir IVA o quá retención debe practicarse en el IRPF de los letrados.

El IVA de un abogado de La Haya: Los servicios de un abogado que presta asesoramiento en el Tribunal de La Haya (ONU), están sujetos a IVA, aunque se presten en rágimen diplomático, consular o a organismos internacionales.

Deducción de gastos de abogados: Los gastos de desplazamiento para ver a los clientes y acudir a juzgados y organismos administrativos que un abogado incluye en sus honorarios forman parte de la base imponible del IVA, que el letrado deberá repercutir a su cliente.

IVA en costas procesales: El pago de las costas procesales en un litigio no puede incluir IVA si el asesoramiento legal lo han llevado a cabo abogados que forman parte de la plantilla de la empresa vencedora.

Pago de una sanción impuesta a un cliente: La Dirección General de Tributos analiza en otra consulta los requisitos para que una asesor[0xed]a fiscal pueda deducirse en el Impuesto sobre Sociedades el pago de una sanción tributaria impuesta por su culpa a uno de sus clientes.

IRPF reducido en el turno de oficio: SegÚn una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, los colegios de abogados sólo pueden aplicar el IRPF reducido del 15% en las retenciones de los letrados de oficio si se cumple una serie de condiciones.

Impuestos de la abogada de una ONG: Las asociaciones sin ánimo de lucro están obligadas a practicar retención del IRPF sobre los honorarios que abonan a sus abogados.



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